En atención a que al menos uno de ustedes (seguramente hay más) manifestó interés por la cita en clase del tango "Sentencia", acá va transcripto.
SENTENCIA
Letra de Celedonio Esteban Flores
Musica de Pedro Maffia
Compuesto en 1923
La audiencia de pronto
se quedó en silencio;
de pie, como un roble,
con acento claro
hablaba el malevo:
"Yo nací, señor juez, en el suburbio,
suburbio triste de la enorme pena,
en el fango social donde una noche
asentara su rancho la miseria.
De muchacho, nomás, hurgué en el cieno
donde van a podrirse las grandezas.
Hay que ver, señor juez, cómo se vive
para saber después cómo se pena!
Un farol en una calle tristemente desolada
pone con la luz del foco su motivo de color.
El cariño de mi madre, de mi viejita adorada,
que por santa merecía, señor juez, ser venerada,
en la calle de mi vida fue como luz de farol.
Y piense, si aquella noche, cuando oí que aquel malvado
escupió sobre sus canas el concepto bajo y cruel,
hombre a hombre, sin ventaja, por el despecho cegado,
por mi cariño de hijo, por mi cariño sagrado,
sin pensar, loco de rabia, como un hombre lo maté.
Olvide usted un momento sus deberes
y deje hablar la voz de la conciencia.
Deme después como hombre y como hijo
los años de presidio que usted quiera,
y si va a sentenciarme por las leyes
aquí estoy para aguantarme la sentencia...
pero cuando oíga maldecir a su viejita
es fácil, señor juez, que se arrepienta!..."
La audiencia, señores,
se ahogaba en silencio,
llorando el malevo,
lloraba su pena
el alma del pueblo!
Y de yapa, acá va también la letra del tango "El batidor" compuesto en 1927 por Francisco Marino (letra) y Ernesto de la Cruz (música), respecto del cual considero que se trata del mejor ejemplo de la figura (inconstitucional/constitucional. Tachar lo que para ustedes no corresponda) del "arrepentido" en cuanto expone fehacientemente tanto los presupuestos normativos, como los problemas sociológicos.
Pobre “Pardo Pellegrini” que “piantastes” de la reja
ensuciando a los muchachos con tu oficio e’ batidor
hoy llevás como recuerdo de la pera hasta la ceja
un barbijo por la mugre que batiste al “Ruiseñor.
Vos que fuiste entre “gratas un muchacho propiamente”
y que en todas las trifulcas “enguiñabas hasta el fin”
cuidá el cuero, andá “forrao” si te has hecho confidente
porque qué querés hermano, va a llegar tu San Martín.
Por vos están a la sombra
el Mangrullo y el Mochila
el Chueco Jacinto Anguila
y Pascual el Metedor.
Por vos se supo la púa
que le enguiñaron de bute
como a cualquier farabute
a Pancho el Estafador.
Con tu pinta de marmota laburando de “llavero”
te pasabas buena vida mejor que la que llevás
pero un “giorno” medio malo pa’ escurrir de un entrevero
desataste la sin “güeso” y embarraste a los demás.
Ya que todos te han “calao” de que sos un guey corneta
y aunque ahora te arrepientas de haber hecho la traición
pensá Pardo de que es cierto lo que dijo aquél poeta
que es “al ñudo que lo fajen al que nace barrigón”
viernes, 8 de mayo de 2009
jueves, 7 de mayo de 2009
POR FAVOR CAMBIAR EL FORMATO DE LOS COMENTARIOS
Cristian/Edgardo: Por favor, ¿pueden sacar este maldito formato de los comentarios? Yo no lo entiendo. Saludos, AB


¿Sabían que la famosa Marylin Monroe decía: "un whisky antes y un cigarrillo después"?
Pues ahora en Francia dicen que decía: "un whisky antes y un vaso de agua después".
Por favor, no pregunten "¿antes y después de qué?". Vean acá la razón.
Saludos,
AB
Pues ahora en Francia dicen que decía: "un whisky antes y un vaso de agua después".
Por favor, no pregunten "¿antes y después de qué?". Vean acá la razón.
Saludos,
AB
miércoles, 6 de mayo de 2009
Chau...chau...adios...

La Cámara Nacional de Casación Penal en un fallo del 28/04/2009 en la Causa Nro. 10.607 - SALA II "Aebi, María Eva y otros s/recusación", apartó a un conjuez de un Tribunal Oral de Santa Fe, luego de que éste dijera sentirse presionado por el Estado Nacional en causas por derechos humanos.
En principio fue el mismo señor conjuez Martín F. Gutiérrez quien se habría excusado para seguir interviniendo en esas actuaciones alegando razones de violencia moral y psíquica.
Uds. se preguntarán por qué?? La respuesta es ésta:
El propio conjuez recordó en un reciente fallo de la Cámara de Casación que había excarcelado a ex represores que “…la propia Presidente de la Nación como el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, el Ministro de Defensa de la Nación y la Diputada Diana Conti, entre otros funcionarios públicos y legisladores, fueron contestes en señalar, entre varias otras expresiones, que quienes tienen la responsabilidad de entender -como el suscripto- en los procesos en los que se investigan delitos de lesa humanidad, y, cuando emiten fallos que resultan contrarios a las pretensiones -c

Sin restarle importancia al delito que se imputa en este caso en particular, mi pregunta es ¿de qué manera podemos garantizar la imparcialidad en las decisiones judiciales si contamos con discursos como éstos que llegan a afectar la independencia externa? ¿cómo garantizamos un sistema republicano de gobierno que se base en el respeto de la autonomía de los poderes del estado?
Nicolás da Cunha
Clase del Jueves (06/05/2009)
El material para la próxima clase está desde esta mañana en la casilla de ymail
El tema de la clase es
IMPARCIALIDAD FRENTE AL CASO
El material es:
- Bovino "Imparcilidad de los jueces y causales de recusación no escritas en el nuevo Código Procesal"
- Zysman Quirós "Imparcilidad judicial y enjuiciamiento penal. Un estudio histórico - conceptual de modelos normativos de imparcialidad"
- Fallo Llerena de la CSJN
lunes, 4 de mayo de 2009
SOBRE ESTE BLOG
Este blog es un espacio de comunicación y construcción colectiva para todos quienes intervenimos en el curso en la calidad que sea.
Sería bueno que además de leer las entradas de sus compañeros, de otras personas o de nosostros, utilicen este espacio para discutir, interrogarse, reflexionar, mediante los comentarios.
Su participación enriquecerá esta bitácora pero, lo que es más importante, nos enriquecerá a todos.
Consejo para quienes escriben las entradas. No suban textos tan largos, utilicen todos los recursos que esta herramienta les da (audio, imágenes, enlaces, videos) siempre pensando en que todo debe discutirse y nada debe darse por supuesto.
Sería bueno que además de leer las entradas de sus compañeros, de otras personas o de nosostros, utilicen este espacio para discutir, interrogarse, reflexionar, mediante los comentarios.
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Consejo para quienes escriben las entradas. No suban textos tan largos, utilicen todos los recursos que esta herramienta les da (audio, imágenes, enlaces, videos) siempre pensando en que todo debe discutirse y nada debe darse por supuesto.
domingo, 3 de mayo de 2009
DE LA VERDADERA NO HAY DERECHO
Christian Courtis: una teoría del derecho en una página
Haga click sobre los documentos para verlos en tamaño original
EL DIA QUE MONTESQUIEU LLORÓ

La independencia judicial es una consecuencia de la división de poderes, y se puede ver comprometida cuando los otros poderes del Estado se inmiscuyen en las atribuciones del Poder Judicial o cuando ejercen poder para influir en ellas.
La división de poderes debe estar presente en todo la esfera del ámbito estatal para asegurar el principio republicano de gobierno. El sistema de frenos y contrapesos funciona, entonces, como una garantía para los ciudadanos que evita el abuso del poder estatal. Pero, vemos que a veces ese principio o esa garantía se retuercen y se usan para satisfacer intereses poco democráticos. El caso así presentado es el que se da en los sistemas de designación de magistrados en la Provincia de Buenos Aires.
Dice el art. 175, párrafos 2, 3 y 4 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires: “Los demás jueces e integrantes del Ministerio Público serán designados por el Poder Ejecutivo, de una terna vinculante propuesta por el Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado otorgado en sesión pública.
Será función indelegable del Consejo de la Magistratura seleccionar los postulantes mediante procedimientos que garanticen adecuada publicidad y criterios objetivos predeterminados de evaluación. Se privilegiará la solvencia moral, la idoneidad y el respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos.
El Consejo de la Magistratura se compondrá, equilibradamente, con representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo, de los jueces de las distintas instancias y de la institución que regula la matrícula de los abogados en la Provincia. El Consejo de la Magistratura se conformará con un mínimo de quince miembros. Con carácter consultivo, y por departamento judicial, lo integrarán jueces y abogados; así como personalidades académicas especializadas.”
Del articulo surge que el Consejo de la Magistratura (institución importada de nuestro Derecho) está conformado por integrantes de los tres poderes estatales; estos forman ternas para los cargos que se encuentran vacantes; estas ternas (que son vinculantes) son envíadas al Poder Ejecutivo para la seleccíon de uno de los postulantes para ocupar el cargo, cuando se obtenga el acuerdo del Senado. Los aspirantes se inscriben en el Consejo, y cuando un cargo queda vacante se convoca un concurso y se rinde una examen, luego de lo cual se efectúa un examen psicológico, una entrevista con los miembros del Consejo, quienes decidirán qué candidatos conformarán la mencionada terna.
Hasta aquí, en el sistema establecido legalmente, los frenos y contrapesos parece ser un principio de incuestionable válidez democratica y republicana. Pero, de la mera realidad surge que algún problema tiene que haber ,y cuando nos damos cuenta de eso es que, como en una película de M. Night Shyamalan, se da el giro a veces siniestro que cambia el final de la historia (igual que cuando Bruce Willis se da cuenta de que está muerto en “Sexto Sentido”). Porque, en verdad, opera en la realidad otro sistema, uno que se dio a llamar como “clandestino” (Zarlenga, Marcelo, Selección de jueces en la Provincia de Buenos: el Imperio de la arbitrariedad (un caso testigo), http://www.pensamientopenal.com.ar/; http://www.eldia.com.ar/edis/20090205/laprovincia9.htm). En este sistema clandestino el examen, el examen psicologico y la entrevista con miembros del Consejo (esos procedimientos que garanticen adecuada publicidad y criterios objetivos predeterminados de evaluación) son más un requisito formal que una evaluación de los postulantes, porque lo que más importa en esta “carrera” es lo que se llama, no en el jerga judicial sino en los pasillos de los juzgados, la “palanca política”. Quien tiene el mejor contacto, quien tiene la mejor palanca, quien la tiene más g…
Parece ser una lucha, de un marcado corte maquiavelico, en donde más de un enfrentamiento comenzó. Postulantes son eliminados arbitrariamente y hasta en forma discriminativa, otros son designados bajo el poder absoluto de la dedocracia y a veces parecería ser que Díos si juega a los dados. Una de las trágicas consecuencias que se deriva de esto son los bien conocidos, en nuestro país, “favores políticos”, que no miden circunstancias a la hora de ser pagados.
Este es el escenario, como nosotros creemos, que se plantea hoy en día. También creemos que todos los que trabajan en tribunales o tienen contacto con la práctica judicial saben de esto. Creemos que este es uno de los tantos problemas que agobian a nuestro Poder Judicial (no sólo el de la Provincia de Buenos Aires, si no en todo el país y, tal vez, también de tantos otros países), pero que debe ser resuelto, si queremos ver progresos y si queremos un Poder Judicial que sirva para producir cambios y no para reproducir errores.
De otra manera, la designación de jueces va a dejar de ser un sistema que sirva como un freno o un contrapeso y va a parecerse más a las nominaciones de “Gran Hermano”, donde no toda la gente, sino un grupo de personas , va a decidir quien se va y quien se queda en la casa o el “palacio”.
QUE HEMOS HECHO???...
Alumnos: Freije Joaquín y Maccarone Facundo.-
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