jueves, 4 de junio de 2009

EL JUEGO DEL MIEDO

¿ PUEDE GANAR EL IMPUTADO?

“La única posibilidad que tiene el imputado de recuperar su libertad es llegar a un acuerdo con el fiscal y confesar, aun si no hubiera cometido el delito que le atribuyen. Ello no significa que el juicio abreviado lo favorezca. En todo caso, su aplicación representa una nueva violación de sus derechos.”
A. BOVINO, Procedimiento Abreviado y Juicio por Jurados (1998)




¿Es esto realmente así? Resulta, en nuestra opinión, incuestionable que por la forma en que está legislado y por vicios de la práctica judicial[1], el juicio abreviado puede llevar a situaciones injustas donde se ejerza coerción sobre la persona sometida a proceso para que acceda a renunciar a sus derechos a cambio de una pena menor. Sin perjuicio de lo cual, no puede soslayarse que en algunos casos se presenta como la mejor opción para el imputado, y que negarle la posibilidad de decidir su destino es incompatible con la conceptualización que se hace del mismo como sujeto autónomo, en la que se pierde de vista que es a su favor que se han dispuesto las diversas garantías. De esta forma, el deber del Estado de garantizar el derecho de defensa en juicio no sería en interés del imputado, sino del mismo Estado por garantizar la igualdad de armas entre el fiscal y el defensor, siendo ambos profesionales, experimentados y objetivos[2]. Así, la posibilidad de contar con una defensa técnica dejaría de ser un derecho para convertirse en un deber para el imputado.[3]

Está claro que, como afirma Bruzzone, en la puja entre el objetivo de averiguación de la verdad en coordinación con el respeto a la dignidad humana siempre nos debemos inclinar por esta última. En este sentido, creemos que negar a las personas la posibilidad de elegir, necesariamente implica permitir que las mismas sean usadas como medios para satisfacer necesidades del Estado, siendo, por lo tanto, degradadas a la condición de cosas al servicio de otros fines
[4].
En una correcta aplicación del principio pro homine, deberá tenerse en cuenta que la norma que sea más garantizadora, dependerá de su aplicación a cada hecho particular
[5]. Conforme lo expuesto, aunque resulte casi una ironía, puede suceder que en un caso concreto, el juicio abreviado sea la solución menos lesiva y la más favorable a los intereses del imputado por lo que no deberían oponerse reparos a su aplicación[6]. Como bien señala Abramovich, en el foro, tanto como en la arena del combate, en desmedro del mito de la solución correcta, la calificación de las posiciones de los litigantes se realiza retroactivamente luego y en virtud del resultado del conflicto[7].

Así las cosas entendemos que, si bien el juicio abreviado no es la solución ideal, dado que podrían conseguirse mejores resultados mediante la aplicación de los estándares internacionales, resulta válido como solución transitoria. Razón por la cual, los esfuerzos deberían volcarse hacia el diseño de mecanismos que permitan resguardar al máximo la capacidad del imputado de decidir libremente, sin perder de vista que la posibilidad de aplicación de una medida de coerción siempre acota el ámbito de autodeterminación. Es muy necesario luchar por la construcción de un sistema penal plenamente respetuoso de los derechos fundamentales, pero no a costa de perjudicar a personas de carne y hueso, mucho menos si son las mismas que decimos defender.


Agustín Cavana, Sabrina Victorero y Esteban Bendersky.

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[1] En su exposición el Prof. Bruzzone apelaba al nivel del “deber ser” para eludir críticas que lo traían al nivel del “ser” (el cómo funcionan las cosas en la realidad). Sin embargo, hay cierta incongruencia en su lógica argumentativa. Si el juicio abreviado le “conviene” al imputado que busca evitar la humillación de que se ventilen en un juicio público los hechos de la imputación, si los defensores le “golpeaban la puerta” para pedirle un acuerdo en sus épocas de fiscal, Bruzzone se está situando en el mundano nivel del “ser”. También habló de una aplicación “delictiva” del instituto por parte de jueces y fiscales, que frecuentemente señalan la posible diferencia entre el monto de la pena ofrecida en el acuerdo y la que sería aplicada como resultado de la realización de la audiencia de debate. Propuso entonces una actitud pasiva por parte de los fiscales para ceder la iniciativa a la defensa, intentando así evitar la presión sobre el imputado para llegar a un acuerdo. Discrepamos con dicha interpretación dado que ese tipo de advertencias, lejos de ser delictivas, son una sencilla explicitación de la lógica estructurante del juicio abreviado: la amenaza de una pena mayor o, dicho raudamente, el miedo.
Hacemos esta observación porque si entendemos el derecho como una instancia de discusión racional, los defectos lógicos de los argumentos pueden estar mostrando, quizás, el lugar obliterado de las decisiones políticas.

[2] M.F. HEGGLIN, comentario caso “Nuñez, Ricardo Alberto s/ Recurso de Queja y Casación y Extraordinario”, CSJN-Fallos, 327:5095
[3] M.F. HEGGLIN, Op. cit.
[4] E. R. ZAFFARONI, Derecho Penal. Parte General, p. 652.
[5] M. ABREGÚ, La aplicación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos por los tribunales locales: una introducción.
[6] En este sentido nos pareció ilustrativo el ejemplo brindado por el Prof. Bruzzone en su exposición, quién sostuvo que el juicio abreviado no debe ser excluido del “menú” de posibles estrategias que el defensor técnico presenta al imputado
[7] V. E. ABRAMOVICH, El complejo de Rock Hudson, publicado en Revista “No Hay Derecho”, s. ed., Buenos Aires, Nº 4, 1991.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

La venganza será terible...

Uno de los sospechosos...

Anónimo dijo...

Muy buena foto!! Claramente Bovino parece "El Padrino" después de hacer régimen, Salatino "El petiso orejudo", Santos Godino!!!

Cecilia

EC dijo...

Evidentemente salí bien retrado. Gracias por la creatividad. Muy bueno! EC

Anónimo dijo...

DEBERIAMOS IMPUGNAR?


EN LOS REQUISITOS DE CONCURSO DECIA ...... NO ADULAR AL TITULAR DE LA CATEDRA.....¿?

Agustín Cavana dijo...

Anónimo: si lees el post te vas dar cuenta que estamos lejos de adular la postura de Bovino. Respecto de la foto, puede ser que haya sido de los más beneficiados (o los menos perjudicados). Estoy entre el look Matrix de Esteban y la onda de mafioso de Miami de Bovino. Saludos y gracias por los comentarios.

Sabrina Victorero dijo...

Querido “Anónimo”: me encantaría saber tu opinión luego de que hayas leído el post completo. Gracias por los comments!!!

Alberto Bovino dijo...

Sabrina & cómplices:

Muy bueno lo de ustedes, y no habrá venganza alguna. Y aprovecho para señalar que no es el objeto de este curso "evangelizar" a nadie. Sólo pretendemos reflexionar juntos, y eso es precisamente lo que han hecho. Felicitaciones.

AB

¡Una más, y no jodemos más! A pedido de los Sospechosos de siempre, este enlace a su último videoclip. Pero aquí parece no termina, y nos t...